Humahuaca: Para fotocopiar una Ordenanza Municipal hay que solicitar por nota

HUMAHUCA
A través de una Nota dirigida a la Presidente del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Humahuaca (Provincia de Jujuy, República Argentina) Ciudadana Sra. Candelaria Cari, presentada el 29 de Junio de 2012 a las 20:00 horas -según sello de recepción- he solicitado se democratice el acceso a la Legislación Municipal que produce el cuerpo deliberativo


Debido que para fotocopiar una Ordenanza, hay que realizar una nota y esperar que la Presidente del Concejo Deliberante la apruebe, aún más en dicha nota el peticionante debe consignar todo tipo de datos, a mi parecer innecesario y arbitrario que viola la Constitución de la Provincia de Jujuy, la Ley Orgánica de Municipios, la Ley de publicidad de los actos de gobierno y de libre acceso a la información del Estado entre otras.

Los requerimientos o requisitos que debe presentar un ciudadano van más allá de los datos personales y profesionales, así mismo en caso de que uno sea miembro de una organización u institución, deben ir incluso la nota donde aparezca un sello, desconociendo incluso el Código Civil en cuanto al tipo de asociaciones.

Para susto de cualquier ciudadano que quiera incursionar en solicitar algo al Concejo Deliberante de Humahuaca, hasta el día de hoy, se puede observar un gran cartel en donde están especificados los requisitos que debe presentar un ciudadano o un ciudadano que se pronuncie como parte de una institución, en esta oportunidad no tuve la oportunidad de sacarle una fotografía, pero sé por experiencia pasada, las tantas veces, que los Ciudadanos-Concejales se escudan tras de este tipo de norma que obstaculiza el acceso a la información, mucho más a la legislación municipal, una gran cobardía que se realice este maltrato a la ciudadanía, en estos tiempos Bicentenaristas ¿No les dará vergüenza participar en los actos patrios, cantar el Himno Nacional Argentino, celebrar el primer grito revolucionario de libertad en mayo e incluso, jurar por la Constitución sus concejalías? ¿Qué Independencia Argentina pueden celebrar este tipo de funcionarios si esclavizan a su propio pueblo con normas burocráticas de épocas dictatoriales?

Porque la norma inconstitucional en la cual se escudan los Concejales de Humahuaca para requerir este tipo de burocracia a los ciudadanos y exigir su cumplimiento es la “RESOLUCIÓN N° 68/92 RATIFICACIÓN DE APROBATORIA DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DELIBERANTE MUNICIPALIDAD DE HUMAHUACA”, accedí a fotocopiar esta Resolución en 2001, en una oportunidad que me dieron para sacar copia al minúsculo Digesto que poseía en ese momento el Concejo Deliberante, es muy triste ver que cada vez que hay nuevos Concejales, exigen cumplir el Artículo 121° que copio textualmente, respetando los errores que dicho artículo contiene:

(…)

ARTÍCULO 121°.- DE LAS PETICIONES O SOLICITUDES PARTICULARES: REQUISITOS: Toda petición o solicitud particular que se hiciera al Concejo en sunto de su competencia, deberá reunir los siguientes requisitos:

a) Expresar su objeto y sus motivos o fundamentos.

b) Estarán propuestos en términos respetuosos, tanto hacia el Concejo como individalmente hacia sus miembros y a los otros Cuerpos o autoridades públicas.

c) Deberán firmarse por el peticionante o solicitante. En caso de invocarse representación de entidades sociales, instituciones, gremios, actividades creencias o intereses, deberán acompañarse los documentos respectivos y, en su caso, acta de reunión en que se tomará resolución de requerir a los poderes públicos.

(…)

En más de una década de ejercer el derecho de ciudadanía activa en Humahuaca, he visto este accionar tan tradicional por parte de cada Presidente y cada Concejal que estrenan el Concejo Deliberante, a todos en sus momentos les he presentado una nota solicitándoles democraticen el acceso al fotocopiado de la legislación municipal, los cuales luego de esta presentación cambiaban de parecer, en mi caso.

En esta oportunidad, también hice mi presentación, pero creo que debe quedar constancia en la red, ante los medios de comunicación y ante organismos de Derechos Humanos, Defensor del Pueblo y organizaciones que observan las violaciones a la legislación de acceso a la información pública del Estado, de la existencia de una norma como el “Reglamento Interno del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Humahuaca” que debe actualizarse a este siglo XXI, que debe ser concordante con toda la legislación existente en la Provincia de Jujuy, en Argentina y a nivel internacional, no es posible que en estos tiempos en que la tecnología nos permite con un solo click bajar a nuestros ordenadores legislación de todo tipo a nivel internacional, nacional y provincial que en la histórica ciudad de Humahuaca, en el corazón del Paisaje Cultural de la Humanidad declarado por la UNESCO, se exija la presentación de una nota y se espere la paciencia geológica de los funcionarios para que aprueben acceder a fotocopiar una Ordenanza que no tiene más de dos carillas, en algunos casos…

Estos despistados Funcionarios, antes de exigir obediencia a los Ciudadanos del Artículo 121°.- de su “Reglamento Interno…” deberían cumplir con el Artículo 236°.- que trata acerca del …“control de la publicación de las Ordenanzas en el Boletín Oficial o en la Prensa Local”…, porque entre el año 2001 y el 2012, nunca vi, ni escuché que el Concejo Deliberante de Humahuaca haya publicado una Ordenanza, incluso puedo decir que tanto de manera impresa a través de la Revista “Viltipoco10000’ de Opinión y Contrainformación Omaguaca”, mediante trifolios y en internet he publicado más ordenanzas de Humahuaca que este organismo estatal del Estado argentino.

Recuerdo haber presentado en más de tres oportunidades al Concejo Deliberante y al Departamento Ejecutivo de Humahuaca, por ejemplo los Documentos y copias de Credenciales como miembro de la Agencia de Contrainformación “Argos Is-Internacional” en la red, es por ello, que a partir de esta denuncia masiva, me presento nuevamente ante los “nuevos” funcionarios del Concejo Deliberante y del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Humahuaca y “rancios” ciudadanos-Concejales y ciudadanas-Concejales elegidos por el voto mayoritario de la Democracia y que gracias a esta sagrada democracia llegan a ocupar puestos que luego se ocupan de negarla con su salvaje burocracia.-

Waldo Darío Gutiérrez Burgos

Descendiente del Pueblo Uquía – Omaguaca

1 comentario:

Anónimo dijo...

Humahuaca: Concejo Deliberante restringe el derecho de acceso a la información pública, exigiendo la presentación de una nota, para fotocopiar legislación municipal http://viltipoco10000.blogspot.com.ar/2012/07/humahuaca-para-fotocopiar-una-ordenanza.html Waldo Darío Gutiérrez Burgos Descendiente del Pueblo Uquía – Omaguaca Director de ‘CER-OMAGUACA’, ‘OBNU’ y ‘ARGOS IS-INTERNACIONAL’ …”La educación y la instrucción no consisten en rellenar la mente de ideas ajenas, sino en estimularla para que produzca sus propias ideas”… @: viltipoco10000@yahoo.com.ar – cer_omaguaca@yahoo.com.ar Web: http://viltipoco10000.blogspot.com https://www.facebook.com/Viltipoco10000 http://omaguacagobiernoautonomo.blogspot.com https://www.facebook.com/omaguacagobiernoautonomo http://organizacinbolivarinadenacionesunidas.blogspot.com http://espanol.groups.yahoo.com/group/ArgosIs-MovIndigena http://espanol.groups.yahoo.com/group/ ArgosIs-RepArgentina